La Consejería de Sanidad deberá poner en marcha el copago hospitalario en Castilla y León hasta que los tribunales resuelvan el recurso que presentó en enero para frenar la aplicación de esta decisión adoptada por el Ministerio de Sanidad y sobre la que la Junta ha mostrado en varias ocasiones su desacuerdo. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado la suspensión cautelar de la medida solicitada por el Gobierno autonómico, al considerar que los argumentos que expone deben ser analizados cuando se valore el recurso.
La idea de la Junta de Castilla y León de frenar en los tribunales la aplicación del copago de los medicamentos de dispensación hospitalaria ha sufrido su primer revés. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado la petición del Gobierno autonómico de suspender de forma cautelar la puesta en marcha de la medida decretada por el Ministerio de Sanidad, de modo que deberá implantar este copago en los hospitales de la Comunidad hasta que se resuelva judicialmente el recurso presentado, que sigue su curso, ya que se trata “de legislación básica de obligado cumplimiento”.
El TSJM considera que la suspensión cautelar del copago no es “el cauce procesal idóneo” para decidir sobre la cuestión y que los argumentos expuestos por la Junta -entre ellos, las dificultades para aplicarlo en la fecha marcada por el Ministerio y las desigualdades que puede generar en el acceso de los pacientes a la prestación farmacéutica hospitalaria- “deben ser examinados” cuando se valore el recurso.
De este modo, y a la espera de que se pronuncie el Ejecutivo castellano y leonés, los enfermos que necistan acceder a tratamientos dispensados en los servicios de Farmacia del hospital tendrán que abonar el 10% del precio de los fármacos -con un máximo de 4,26 euros- una vez que se aplique una medida que afecta a cerca de 160 presentaciones farmacológicas de algo más de 40 medicamentos.
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