Permítanme hacer una breve introducción histórica. En 1944, la Ley de Bases de la Sanidad Nacional culmina un modelo administrativo de la Sanidad pública, con competencias del Estado en esta materia, dirigidas desde la Dirección General de la Sanidad, con un desbarajuste de competencias y normativas que terminan en 1977 con la creación del Ministerio de Sanidad y su Administración Sanitaria (INSALUD 1978).
La Constitución española de 1978 reconoce, en su artículo 43, el derecho a la protección de la salud con competencia de los poderes públicos y, en el artículo 148, autoriza a asumir las competencias en materia de Sanidad e Higiene a las comunidades autónomas.
En 1986, la Ley General de Sanidad, inspirada en un principio descentralizador, ocasiona que pasen las transferencias a las autonomías en Higiene y Sanidad pública (sanidad ambiental, policía sanitaria mortuoria, vigilancia epidémica, autorizaciones para centros sanitarios y salud alimenticia), la gestión de los centros asistenciales de la Seguridad Social y del INSALUD. Situación en la que nos encontramos, donde la asistencia sanitaria, que asume un amplio presupuesto, es gestionada por las comunidades autónomas.
Visto así, parece que las competencias del Ministerio de Sanidad son nulas. Pues no. Liberado de la carga gestora principal, se convierte en un Ministerio de una importante responsabilidad política, que sus titulares deben ejercer. Despreciarlo o no ejercer esta posibilidad de ejercicio político en beneficio de la comunidad es desconocerlo por completo.
Se valora un Ministerio por los miles de millones de euros que gestiona o que dispone para gestionar. Cuanto más dinero o porcentaje del presupuesto posee, más valor tiene. Puedo hacer cosas si tengo presupuesto o si tengo ideas nuevas para implementar que necesitan un presupuesto. De esto, poco las y los últimos inquilinos del Ministerio.
El Ministerio de Sanidad tiene competencias, avaladas por varias sentencias del Tribunal Constitucional, en materia de Sanidad exterior, Sanidad interior (bases y coordinación general de la Sanidad) y legislación sobre productos farmacéuticos (Art.149 de la Constitución). ¿De verdad piensan que es un Ministerio vacío? ¿Un Ministerio florero?
Unas poquitas ideas. Se podría crear una industria farmacéutica estatal para la fabricación de medicamentos que, con nuestros investigadores de las universidades y hospitales, crearan nuevos e innovadores fármacos. Se podría eliminar el copago farmacéutico que pone en riesgo la adherencia a los tratamientos en poblaciones de riesgo (parados, pensionistas, etc). Se podría cambiar el modelo sanitario para basarlo en los cuidados y la prevención de una población cada vez más envejecida. Se podría volver a la Sanidad universal real, para no poner en riesgo a nadie que viva en nuestro territorio y tener un adecuado control sanitario de las personas. Se podría establecer una amplia cartera de servicios sanitarios mínima y común a todas las comunidades autónomas. Se podrían establecer las bases de coordinación de las diferentes comunidades a través del Consejo Interterritorial para una adecuada asistencia sanitaria a toda la población. Se podría aumentar el gasto sanitario hasta el 8% (ahora está en el 6%). Se podría ejercer la Alta Inspección del Estado en su plenitud para que se cumpla la legislación en materia de Salud Pública y cartera de servicios. Se podría…
Si a esto le añadimos, porque a algunos le parece poco, que este Ministerio sea también de Igualdad, de Consumo o de Dependencia, figúrense la enorme actividad que podría tener. Para mí es un Ministerio con muchas posibilidades y de gran importancia para la ciudadanía. Denle el valor que se merece.
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