El Consejo de la Asociación Médica Mundial (AMM), reunido en Riga (Letonia), ha dado el visto bueno a una propuesta de Declaración sobre pseudociencias, pseudoterapias, intrusismo y sectas sanitarias presentada por la Organización Médica Colegial (OMC) ante su preocupación “por el auge desproporcionado y los riesgos y consecuencias negativas de estas prácticas”.
Dada la importancia del tema, el Consejo de la AMM -en el que están representadas sus seis regiones: África, Asia, Europa, América Latina, América del Norte y el Pacífico- ha decidido que esta propuesta de declaración se traslade a todas las organizaciones médicas nacionales integradas en dicha asociación para que realicen sus aportaciones al documento elaborado por la OMC.
El planteamiento de la organización colegial española ha sido expuesto por el doctor Jerónimo Fernández Torrente, tesorero de la OMC, coordinador del Observatorio contra las Pseudociencias, Pseudoterapias, Intrusismo y Sectas Sanitarias y miembro de la delegación española que participa en la reunión de Riga, a la que también asiste el presidente de la corporación médica, el doctor Serafín Romero.
Según ha señalado la Organización Médica Colegial en una nota de prensa, los principales riesgos que pueden derivarse de las pseudoterapias pasan “por el abandono, por parte de los pacientes, de terapias médicas efectivas por prácticas que no han demostrado valor curativo o que carecen del mismo, lo cual puede ocasionar graves problemas de salud, e incluso la muerte, según se advierte en el documento”.
A ello se suma la posibilidad, “más que frecuente, de retrasos peligrosos y pérdida de oportunidad en la aplicación de fármacos, procedimientos y técnicas reconocidas y avaladas por la comunidad científica”. Además, independientemente del abandono de un tratamiento médico, algunas pseudoterapias, por sí mismas, “pueden tener efectos negativos sobre la salud, como daños económicos o morales en los pacientes; encarecimiento de los procesos e intrusismo en la profesión médica, incluidas sectas habitualmente relacionadas con este tipo de prácticas”.
La corporación médica española recuerda, además, que la mayoría de los países no disponen de un marco regulatorio específico en este ámbito, y donde éste existe, en muchos casos “no se cumple o es demasiado laxo o permisivo, lo que ha facilitado la proliferación de las pseudoterapias que representan un grave peligro para la salud de los ciudadanos”.
En este contexto, la OMC considera que su propuesta de declaración constituye “una oportunidad para reivindicar y poner en valor la Medicina basada en evidencias, el método científico experimental y el conocimiento científico aplicado”.
Recomendaciones de la OMC sobre pseudoterapias
En la propuesta presentada ante la AMM, la Organización Médica Colegial incluye, además, ocho recomendaciones:
1. El médico tiene el deber de prestar a todos los pacientes una atención médica de calidad humana y científica, ofreciendo el mejor tratamiento posible basado en la mejor evidencia científica. La Declaración de Ginebra de la AMM y el Código Internacional de Ética Médica deben ser referentes en éste sentido.
2. El médico debe emplear preferentemente procedimientos y prescribir fármacos cuya eficacia se haya demostrado científicamente. No son éticas las prácticas inspiradas en el charlatanismo, las carentes de base científica y que prometen a los enfermos la curación, los procedimientos ilusorios o insuficientemente probados que se proponen como eficaces, la simulación de tratamientos médicos o intervenciones quirúrgicas y el uso de productos de composición no conocida.
3. El médico debe disponer de libertad de prescripción, respetando la evidencia científica y las indicaciones autorizadas de entre las mejores posibles y hacer partícipe a su paciente, por calidad y seguridad en la atención. El médico que ejerza y aplique técnicas o terapias no reconocidas legalmente ni avaladas por la comunidad científica tiene el deber de informar adecuadamente a sus pacientes y asumir todas las obligaciones legales, profesionales y deontológicas que marcan la actividad médica de la lex artis ad hoc y el acto médico en sensu stricto.
4. Los médicos deben saber que algunos grupos de pacientes, como aquellos con cáncer, enfermedades psiquiátricas o patologías crónicas graves y niños son particularmente vulnerables a los riesgos asociados con las prácticas pseudocientíficas/pseudoterapeúticas alternativas y/o complementarias no contrastadas con métodos de evidencia.
5. La profesión médica necesita profundizar en aspectos como la relación médico–paciente, la comunicación personal y social, la confianza mutua y la humanización de la asistencia sanitaria centrada en la persona, con respeto a las decisiones y autonomía del paciente, para evitar su desviación hacia las pseudociencias y pseudoterapias.
6. El intrusismo en la profesión médica, tras el preocupante aumento con el uso de las nuevas tecnologías, solo puede ser combatido con leyes. Se necesitan políticas de los gobiernos que sean poco tolerantes con estas prácticas y una implicación real de las administraciones. Es, asimismo, responsabilidad de las administraciones y de las asociaciones médicas nacionales (AMN) denunciar aquellas pseudoterapias / pseudociencias que ponen en riesgo la salud pública de la población, así como la mala praxis, el fraude, la publicidad engañosa y las webs con contenidos de salud no acreditadas, que se puedan considerar fraudulentas.
7. Las AMM y las AMN deben hacer frente especialmente a las pseudoterapias/ técnicas de manipulación de la mente o las emociones, con alto componente sectario, así como las que puedan contener publicidad engañosa, las que utilizan productos no autorizados u otros productos sin fundamento. Todas ellas han de ser “expresamente excluidas” de cualquier circuito sanitario y de salud.
8. Los Estados y/o autoridades competentes deben establecer disposiciones estrictas que protejan a los pacientes tratados con prácticas del entorno de las pseudoterapias/ pesudociencias, complementarias y/o alternativas. Cuando se descubre que es dañino, debe haber un mecanismo que detenga o limite considerablemente dichas prácticas para proteger la salud pública y el entorno de los pacientes afectados y sus familias.
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