Casi 1.000 órganos de personas fallecidas se trasplantaron en 2021 gracias a la colaboración de los jueces. Así se desprende de los datos que se han presentado en las XXIV Jornadas de encuentro entre profesionales de la administración de Justicia y de la comunidad trasplantadora que se celebran estos días en Santander, con todas las medidas sanitarias que exige la situación actual de pandemia por covid-19.
Estas jornadas las organiza cada año la Comunidad Autónoma de Cantabria y la Organización Nacional de Trasplantes (ONT), en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial. Con esta iniciativa se pretende estrechar la relación entre ambos grupos profesionales para el adecuado desarrollo de todo el proceso de donación de órganos y tejidos humanos. Del mismo modo, se aprovecha este foro para que jueces y forenses conozcan las últimas novedades terapéuticas y tecnológicas que se incorporan a la práctica diaria en el campo de la donación y el trasplante y así facilitar su labor a la hora de tomar decisiones.
Las negativas judiciales, en mínimos
A lo largo de estas jornadas, se expondrán los últimos datos de actividad de donación y trasplante en España, así como la evolución de las intervenciones judiciales en procesos de donación. De los 1.905 donantes fallecidos que se registraron en 2021, 338 (17,7%) requirieron autorización judicial, una cifra similar a la registrada el año anterior. El porcentaje de donantes que precisan autorización judicial se mantiene por debajo del 20% desde 2016, año hasta el que experimentó un descenso progresivo como consecuencia probable de los cambios observados en la causa de fallecimiento de los donantes.
En función del tipo de donante, se requirió la participación judicial en el 19,5% de los donantes en muerte encefálica, el 50% de los donantes en asistolia no controlada y el 13,9% de los donantes en asistolia controlada.
Con respecto a las características de los 338 donantes que requirieron autorización judicial, la mayoría eran varones (72%) y su media de edad fue de 51 años, inferior a la del global de donantes de órganos (60 años), probablemente por sus diferentes causas de fallecimiento. De hecho, el traumatismo craneoencefálico no relacionado con accidentes de tráfico fue la causa de fallecimiento en el 43% de los donantes judiciales y el traumatismo por accidente de tráfico en el 25%, cifras prácticamente idénticas a las de años anteriores. De los donantes que requirieron autorización judicial judiciales se trasplantaron 986 órganos en el año 2021.
En lo que respecta a las actuaciones judiciales en estos casos, el pasado año se registraron ocho negativas judiciales a la donación, un 2,3%. Este reducido porcentaje de casos en los que se considera que la donación podría interferir con la investigación judicial se mantiene muy estable a lo largo de los años.
El papel del juez durante el proceso de donación es imprescindible en aquellos supuestos en los que las causas del fallecimiento originen una investigación penal. Los motivos más habituales suelen ser: un accidente, un posible homicidio o un fallecimiento no certificado en el que deba realizarse una autopsia judicial para determinar su origen. En el resto de casos, el juez de instrucción no interviene. Su participación se inicia tras la presentación de una solicitud de autorización por parte del coordinador de trasplantes.
El médico forense, adscrito a los órganos judiciales como perito, debe especificar si la extracción de órganos puede interferir en el proceso de investigación de las causas de la muerte y elabora un informe que permita al juez decidir si la donación puede o no entorpecer la investigación. Por eso es imprescindible que los profesionales que participan en estos casos conozcan bien cómo se realiza un proceso de donación.
Participación del juez en la donación de órganos en vida
En 2021, 324 personas donaron un órgano en vida en nuestro país. Para este tipo de intervenciones también se precisa la participación de los profesionales de la justicia. Interviene el juez de primera instancia y sus acciones buscan comprobar que el consentimiento que otorga el donante para la extracción de uno de sus órganos es voluntario y libre. El documento de cesión del órgano se concede por este magistrado tras la comparecencia en sede judicial del donante, así como de todos los médicos que intervienen en el proceso. Todo ello para garantizar y asegurar el procedimiento.
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