(Actualización) – La Unidad Militar de Emergencias (UME) ha empezado a desplegarse en las zonas de mayor riesgo de propagación del virus SARS-CoV-2 de las ciudades de Madrid, Sevilla, Zaragoza, León, Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife, donde cuenta con contingentes, según ha informado el Ministerio de Defensa esta tarde, después de una reunión de coordinación para abordar las medidas que implementarán las Fuerzas Armadas durante la vigencia del estado de alarma por el COVID-19.
Es otra de las medidas que se van desarrollando tras la entrada en vigor del decreto que activa el estado de alarma en España como medida extraordinaria e histórica para tratar de frenar el avance de un coronavirus nuevo que nos ha pillado con el pie cambiado. Así las cosas, este domingo el país se ha despertado con una sensación extraña, casi de incredulidad, pero también de incertidumbre, porque el escenario que se abre ante las contundentes acciones establecidas en la norma dejaba anoche muchas dudas, que se van poco a poco despejando, aunque también algunas certezas.
Entre ellas, que la población va a tener que quedarse en casa durante al menos los próximos 15 días, salvo que deba salir para trabajar, para comprar alimentos o bienes de primera necesidad o para acudir a un centro sanitario si no existe más opción que la visita presencial. Las excepciones que la norma establece a la limitación de movimientos de los ciudadanos son las siguientes:
– Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y bienes de primera necesidad.
– Desplazamiento a centros sanitarios.
– Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar la prestación laboral, profesional o empresarial.
– Retorno al lugar de residencia habitual.
– Asistencia y cuidado de mayores, menores o personas dependientes o que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad.
– Desplazamiento a entidades financieras.
– Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad
– Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.
Anoche, el presidente del Gobierno aclaró con un ejemplo de qué está hablando el decreto, de obligado cumplimiento en todo el territorio durante dos semanas que podrían prorrogarse en caso necesario: una persona –porque las salidas deben ser individuales, salvo casos de dependencia o vulnerabilidad– podrá desplazarse “para comprar el pan o un medicamento, pero no para ir a tomarse un café o ir a la casa de un amigo”. Las mismas restricciones se aplicarán a todos los ciudadanos, dijo Pedro Sánchez, incluidos los que estos días de atrás decidieron viajar hasta sus viviendas vacacionales: podrán salir en los supuestos permitidos, pero no “para ir a la playa, a una terraza o a una estación de esquí”.
El Gobierno rectifica y ordena el cierre de las peluquerías
Una de las excepciones al cierre comercial generalizado que más polémica había suscitado era la de las peluquerías. Aunque el Gobierno había justificado que se mantuviera su apertura para servicios necesarios, como los que se prestan en algunos centros y residencias de personas mayores, finalmente ha rectificado tras escuchar las consideraciones de los presidentes autonómicos y ha incluido estos establecimientos entre los que deben suspender su actividad. El servicio solo se mantendrá a domicilio “para garantizar la atención e higiene de las personas más vulnerables”.
Esta medida de drástica restricción de movimientos, que nunca se había decretado en democracia, junto con el cierre de todos los centros educativos, la extensión del teletrabajo siempre que sea posible y el hecho de que todos los locales y establecimientos culturales, artísticos, deportivos y de ocio permanecerán cerrados durante la duración del estado de alarma, al igual que los bares y restaurantes y la inmensa mayoría de los comercios, hará que España –siempre tan acostumbrada a hacer vida en la calle– quede prácticamente en suspenso hasta que pase la tormenta que trajo el nuevo coronavirus.
El Real Decreto, con el que el Gobierno asume el control y la autoridad única durante la vigencia del estado de alarma, contempla algunas excepciones. Bares y restaurantes podrán funcionar para servir encargos a domicilio o para llevar, y también estarán abiertos los establecimientos de venta de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, farmacias y centros médicos. Hay algunos negocios más que el Gobierno ha entendido que pueden continuar con su actividad, aunque siempre para responder a demandas de necesidad: ópticas y ortopedias, productos higiénicos, peluquerías, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, tintorerías y lavanderías. También se permite el comercio por internet, por vía telefónica o por correspondencia.
Todas las restricciones y medidas aprobadas ayer por el Consejo de Ministros con el objetivo de “proteger la salud pública” y frenar la curva de contagios del COVID-19 pueden consultarse aquí o en el propio decreto. Falta por comprobar si los llamamientos constantes a la “disciplina social”, la responsabilidad y la solidaridad con los más vulnerables cuaja en la mayoría de la población.
Los datos también llaman a hacerlo. Según las cifras oficiales facilitadas este domingo por Sanidad, ya son más de 7.700 las personas infectadas en el país, y los fallecimientos asociados a esta epidemia rondan los 300. La comparación con algunos datos recientes demuestra el preocupante ritmo que lleva la expansión del virus: en la noche del jueves, los contagios eran 3.004 y las muertes, 85.
Isabel Díaz Ayuso, la presidenta de la Comunidad de Madrid, región que registra más de la mitad de los casos confirmados y más de 130 víctimas mortales, aseguró anoche en una entrevista en Telecinco que la situación de las próximas semanas será “traumática”, sobre todo porque el COVID-19 causará la muerte “de muchas personas”. Contener la velocidad de transmisión es, por tanto, clave para minimizar los daños y para evitar que el sistema sanitario no sea capaz de asumir con todas las garantías de calidad asistencial una demanda muy superior a sus recursos, aunque el Real Decreto que activa el estado de alerta permita poner “todos los recursos civiles y militares, públicos y privados” al servicio del Estado para hacer frente a la epidemia.
Controles policiales para garantizar la restricción de movimientos y primeras multas
Este domingo, la población de numerosas ciudades ha podido comprobar los primeros efectos de la aplicación del estado de alarma al observar la existencia de controles policiales –tanto de vehículos como de peatones– desde los que se trataba de asegurar que se cumplen los requisitos establecidos para poder circular por las vías públicas.
“¿A dónde se dirige usted?” es la pregunta con la que se encontraron, por ejemplo, muchos conductores que esta mañanana conducían sus coches por la céntrica Puerta de Zamora de la capital salmantina (ver aquí), por donde también circulan algunos vídeos en los que puede ver cómo varios agentes de Policía piden la identificación a un hombre que paseaba por la calle y se negaba a atender a los efectivos, que le instaban a regresar a su casa. “Va a ser usted el primer multado de Salamanca. Esto no es ningún cachondeo, esto es muy serio, están muriendo muchas personas”, le advertían.
Situaciones similares se han vivido en otras localidades, donde agentes policiales han recordado a los ciudadanos que están obligados a cumplir las limitaciones establecidas en el real decreto publicado anoche o incluso han multado a ciclistas que circulaban por mera actividad deportiva, y no para desplazarse dentro de los supuestos permitidos durante el estado de alarma.
Lo cierto es que las personas que no respeten las reglas impuestas para frenar la epidemia de COVID-19 podrán ser sancionadas con multas y hasta con penas de un año de cárcel en virtud de normas como la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015, la de Salud Pública de 2011 y la de Protección Civil (2015), además del Código Penal.
Dispositivos de seguridad fijos y móviles para asegurar el cumplimiento de los límites a la circulación
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha dictado una orden con la que se establecen los criterios de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en relación al Real Decreto por el que se declara la situación de estado de alarma. La resolución mantendrá su eficacia durante toda la vigencia de la norma, y tiene como destinatarios a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los cuerpos de Policía de las comunidades autónomas y de las corporaciones locales y el personal de las empresas de seguridad privada. Todos ellos deberán actuar “de forma coordinada bajo el mando del ministro del Interior, con el objetivo de hacer cumplir medidas como el control de los movimientos, el apoyo a las labores sanitarias, garantizar el suministro alimentario y de bienes de primera necesidad o asegurar el funcionamiento de las infraestructuras críticas”.
En este sentido, se indica que se reforzarán “las medidas policiales de seguridad tendentes a garantizar el normal funcionamiento de centros sanitarios”. Este refuerzo también se aplicará “en establecimientos de elaboración, almacenamiento y distribución de productos farmacéuticos o sanitarios”.
El Real Decreto dictado por el Gobierno introduce una serie de limitaciones para la libertad deambulatoria de los ciudadanos. En este contexto, la resolución dictada por Grande-Marlaska indica que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad “establecerán dispositivos de seguridad, fijos y móviles, tanto en las vías y espacios públicos como en la red de transporte y, en particular, en aquellos lugares o franjas horarias que específicamente se puedan ver afectados por las restricciones que se acuerden, para asegurar la observancia de las medidas limitativas de la libertad ambulatoria”.
“En todo caso, en la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se tendrá en cuanta la necesidad de garantizar que los ciudadanos puedan acceder a sus puestos de trabajo y a los servicios básicos en caso necesario, así como la de permitir la movilidad del personal perteneciente a entidades dedicadas a la prestación de servicios esenciales o al abastecimiento y distribución de bienes y servicios de primera necesidad”, recoge la orden.
La Dirección General de la Policía suspende la expedición de documentos salvo por motivos justificados
Ante la situación generada por la evolución del COVID-19, y adoptando medidas tendentes a la protección de la salud de los ciudadanos, la Dirección General de la Policía (DGP) ha dispuesto la suspensión de la cita previa para la expedición de todo tipo de documentos desde este pasado sábado. Igualmente, quedan anuladas las citas previas ya concertadas hasta el momento.
En las oficinas de documentación solo se atenderá la expedición de documentos por motivos de urgencia debidamente justificados. Una vez que se restablezca la normalidad, todos los ciudadanos afectados deberán concertar de nuevo una cita previa.
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