El Sindicato de Médicos y Licenciados Sanitarios de Salamanca (CESM) no rechaza las Unidades de Gestión Clínica (UGC), pero ve “defectos básicos” para oponerse a la creación de los dos previstas en el Complejo Asistencial salmantino, la de Cardiología y la de Cirugía Torácica.
El planteamiento de CESM SALAMANCA pasa por que las UGC dependan de la Gerencia, y no tengan personalidad jurídica propia, respetando, en todo caso, “la relación jurídica contractual del personal sanitario, que podrá acceder a cualquier iniciativa de Gestión Clínica en centros de gestión directa o indirecta, sin precisar modificación de tal relación jurídica”. Además, piden la implicación de los profesionales tanto en la gestión clínica como en la gestión de recursos, lo que obliga necesariamente a diseñar un proceso de adhesión voluntario. Entiende que deben respetarse los derechos adquiridos del personal.
Por otro lado, el sindicato apuesta por una organización basada en los procesos asistenciales, lo cual supone diversos grados de complejidad, desde la Unidad de Gestión hasta Áreas funcionales interdisciplinarias, que incluyen integración intercentros e interniveles, con modelos organizativos internos participativos, sencillos y eficaces. Pide un liderazgo bien definido, con selección transparente, basada en la igualdad, mérito, capacidad y publicidad, alejada de servidumbres políticas, con proscripción de la libre designación, y adecuada al tipo de Gestión Clínica (Asistencial médica, Cuidados de Enfermería etc.).
Respecto al Contrato de gestión, lo solicitan “comprensible, asumible, realista y posible” con “autonomía de gestión real que implica un soporte, apoyo absoluto, constante y leal de Gerencias, áreas de gestión económica, administrativa, logística, admisión y documentación, con sistemas de información de costes y asistenciales, accesibles y fiables, que permitan una evaluación y un control periódico y permanente”.
Sobre los incentivos económicos, consideran que deben estar vinculados al grado de cumplimiento de objetivos, nunca al ahorro del presupuesto pactado y piden un diseño específico para la Atención Primaria en función de sus características peculiares.
Por todo lo expuesto, CESM asegura que el Decreto que regula la UGC en Castilla y León, “aunque se aproxima a esto, tiene defectos básicos, lo que impide nuestro apoyo y que no fueron recogidos ni considerados, por lo no pudimos apoyar en Mesa Sectorial su texto definitivo, a pesar de que participamos activamente para que saliera mejorado después de 8 borradores”.
Los puntos no asumibles
Según las consideraciones del dindicato médicos, no se puede aceptar la libre designación del líder de la UGC y el cese discrecional del mismo. Además, asegura que “si se pretende mejorar lo que tenemos ahora la estructura de la Unidad no puede ser vertical de arriba a bajo ya que debería ser al revés para fomentar la participación de todos los profesionales”.
Otra condición esencial es que haya desde un principio un presupuesto adecuado y suficiente para los objetivos del contrato que hay que cumplir. Este presupuesto no puede basarse en el simple ahorro sino en la eficiencia, en una utilización de los recursos disponibles, que permitan hacer mas y mejor con lo mismo.
En el Decreto la incentivación no se establece previamente para que sea motivadora del cambio, tiene que haber una dotación previa y presupuestada que se dará a los profesionales en caso de cumplir los objetivos del contrato. “Entendemos que debería ser un mínimo del 25% del sueldo, por añadidura a sus retribuciones básicas”, concretan.
Por último , pide que el Decreto establezca un mínimo de consenso dentro del Servicio para entrar a formar una UGC.
El CESM rechaza todo tipo de “demagogias políticas sobre privatización, obligatoriedad o cambio de personalidad jurídica, que está claro que no se contempla en el Decreto de estas UGC”. El comunidado, firmado por el presidente Jesús Arcaya, concluye con la siguiente reflexión: “Es curioso que en Andalucía, donde sí gobiernan los socialistas, con sindicatos de clase que los apoyan, estas UGC son obligatorias y son impuestas a los Hospitales Públicos por la Administración siempre que les interese hacerlo”.
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