El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha anunciado hoy en rueda de prensa que desde el próximo lunes ya toda España se encuentra como mínimo en fase 1. Así, ha señalado que el 53% de la población estará en dicha fase y el resto de España, el 47%, en fase 2.
Illa ha lanzado un mensaje de “felicitación sincera a todas las comunidades autónomas por el gran trabajo realizado” y ha asegurado que “no sólo estamos saliendo sino que lo estamos haciendo más fuertes”. Además, ha recordado que lavaloración del paso de fase se hace en función de las solicitudes recibidas que son valoradas en base a las peticiones realizadas y consensuadas a través de euniones bilaterales.
El ministro de Sanidad ha hecho hincapié en que “hemos apostado por el camino de la prudencia, de la cautela y de la seguridad”. Y ha insistido en que “nos hemos guiado siempre por una máxima, que el paso sea seguro”.
Las medidas establecidas para los ciudadanos que están o pasarán a la fase 2 están publicadas en el Boletín Oficial del Estado del pasado 16 de mayo y las de fase 1 en el de fecha 9 de mayo. Mañana sábado se publicarán, no obstante, todas las especificaciones concretas respecto a ambas fases.
TERRITORIOS QUE PASAN A LA FASE 1
– Castilla y León: Ávila, Segovia, Soria, Burgos, Palencia, León, Zamora, Salamanca y Valladolid.
– Cataluña: zonas sanitarias de ciudad de Barcelona, Metropolitana Sud y Metropolitana Nord.
– Madrid.
TERRITORIOS QUE PASAN A LA FASE 2
– Andalucía: Almería, Córdoba, Cádiz, Huelva, Jaén y Sevilla.
– Aragón: Huesca, Zaragoza y Teruel.
– Asturias.
– Islas Baleares: Ibiza, Menorca y Mallorca.
– Canarias: Tenerife, Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura y La Palma.
– Cantabria.
– Castilla-La Mancha: Guadalajara y Cuenca.
– Cataluña: zonas sanitarias de Campo de Tarragona, Alto Pirineo y Arán y Las Tierras del Ebro.
– Extremadura: Cáceres y Badajoz.
– Galicia: Lugo, La Coruña, OreOrense y Pontevedra.
– Murcia.
– Navarra.
– País Vasco: Guipúzcoa, Vizcaya y Álava.
– La Rioja.
– Ceuta.
– Melilla.
Flexibilidad en los municipios menores de 10.001 habitantes
Aparte de estos ambios del fase, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la Orden que recoge las medidas de flexibilización de determinadas restricciones a pequeños municipios y a entes locales de ámbito territorial inferior con menos de 10.001 habitantes y una densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado.
El texto adapta la estrategia de desescalada a las particularidades de estas poblaciones, donde existe menos riesgo derivado de aglomeraciones o del uso intensivo de los medios de transporte colectivo.
En este sentido, la Orden no se aplicará si estas poblaciones tienen un casco urbano consolidado colindante con el casco urbano de otro municipio o ente local que tenga más de 10.000 habitantes y una densidad de población de más de 100 habitantes por kilómetro cuadrado. Tampoco se podrán aplicar estas medidas cuando la suma de los habitantes de los cascos urbanos consolidados colindantes exceda el número de habitantes o densidad de población establecidos.
Los municipios que cumplan estos requisitos y que se encuentren en fase 0, ahora ya ninguno, y 1 podrán acogerse a algunas de las medidas previstas para la fase 2. Así, se eliminan las franjas horarias que determinan las salidas de los menores de 14 años y la actividad física no profesional al aire libre. También se elimina el límite de salida de un adulto con un máximo de tres niños. Todos los convivientes en un mismo domicilio podrán salir juntos.
El límite para realizar estas actividades es el término municipal o, en su defecto, a una distancia máxima de cinco kilómetros, incluyendo municipios adyacentes, siempre que éstos también se beneficien de estas medidas de flexibilización y pertenezcan a la misma unidad territorial de referencia.
En este tipo de poblaciones que estén en fase 1, podrán salir juntos, respetando siempre las medidas de seguridad e higiene, grupos de un máximo de 15 personas, excepto en el caso de personas convivientes.
Mercados al aire libre
Por otra parte, la orden permite a los ayuntamientos o gobiernos de los entes locales autorizar los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública. Se dará preferencia a los de productos alimentarios y de primera necesidad, y se deberá procurar la garantía de que los consumidores no manipulen los productos.
Las autoridades locales deberán garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes. Para ello, establecerán los requisitos de distanciamiento entre puestos y las condiciones de delimitación del mercado.
También se podrán reabrir al público los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, excepto las discotecas y bares de ocio nocturno. La prestación del servicio en las terrazas al aire libre se realizará conforme a lo previsto para la fase 1.
Respecto a los velatorios, entierros, lugares de culto, servicios de biblioteca y el desarrollo de la actividad deportiva, se aplicarán las medidas de la fase 2. Las instalaciones deportivas al aire libre se podrán abrir siempre que se cumplan los requisitos establecidos para la fase 1.
Para garantizar el cumplimiento de estas medidas de flexibilización, los ayuntamientos y órganos de gobierno de los entes locales, con las diputaciones, cabildos insulares y/o autoridades comarcales, y bajo la coordinación de las CCAA, aprobarán planes de adecuación de los espacios públicos. También podrán adoptar medidas restrictivas en el acceso a los espacios naturales cuando consideren que existe riesgo de formación de aglomeraciones.
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