Tal y como se esperaba, el Gobierno y las CCAA han acordado este miércoles unas medidas comunes para celebrar la Navidad en el actual escenario de pandemia algo más laxas que las planteadas inicialmente, si bien cada territorio podrá endurecer las restricciones si así lo considera oportuno, en función de su situación epidemiológica.
Según el acuerdo alcanzado en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), las reuniones quedarán limitadas a un máximo de diez personas –en lugar a las seis que se había sugerido la semana pasada–, y quedarán prohibidos los viajes entre comunidades y ciudades autónomas entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, salvo para desplazamientos que se produzcan por alguno de los motivos ya establecidos (trabajo, asistencia a centros sanitarios, etc.) o “para acudir a los lugares de residencia habitual de familiares o allegados”.
Además, el inicio del llamado toque de queda nocturno se pospone hasta la una y media de la madrugada en las noches del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero “únicamente para permitir el regreso al domicilio”, y “en ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a encuentros sociales”.
Según han explicado en rueda de prensa el ministro de Sanidad, Salvador Illa, y la ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, el objetivo de las medidas adoptadas es modificar ciertas costumbres “para garantizar la seguridad y el control de la pandemia, procurando el menor impacto en el desarrollo de las fiestas”.
El documento de referencia señala que estas recomendaciones requieren una labor de coordinación entre todos los niveles –nacional, autonómico y local– y trabajar conjuntamente con los municipios y las organizaciones de comerciantes, agentes sociales, culturales y deportivos.
Las medidas se plantean en un momento en el que la situación epidemiológica presenta una tendencia descendente, pero con realidades distintas en los diferentes territorios, por lo que podrán estar sujetas a restricciones que pueden variar dependiendo de la evolución de la pandemia en cada CCAA.
Según se recalca en el acuerdo, durante el periodo festivo se deberán reforzar los mensajes sobre las medidas de prevención, incluidas las relacionadas con la ventilación y las actividades al aire libre. Así, se deben tener siempre en cuenta las 6M: Mascarilla (uso de mascarilla todo el tiempo posible), Manos (lavado de manos frecuente), Metros (mantenimiento de la distancia física), Maximizar ventilación y actividades al aire libre (mantener las ventanas y puertas abiertas en la medida en que sea seguro y factible según la temperatura), Minimizar el número de contactos (preferiblemente, siempre la misma burbuja) y, en caso de síntomas, diagnóstico o contacto con un caso de COVID-19, “Me quedo en casa”.
“Estamos seguros de que la ciudadanía va a respetar las reglas. No tomamos estas medidas por gusto ni para entropecer la vida de nadie. Nos jugamos mucho, ha costado mucho volver a doblegar la curva de la epidemia”, ha recalcado Salvador Illa durante la presentación del acuerdo.
Las principales medidas pactadas en el seno del CISNS son las siguientes:
Entrada y salida en las CCAA y ciudades autónomas
El acuerdo señala que, entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, las comunidades y ciudades autónomas harán efectiva la limitación de entrada y salida de sus territorios, “salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos previstos, así como para acudir a los lugares de residencia habitual de familiares o allegados”.
No obstante, a la vista de la evolución de la situación epidemiológica, las CCAA podrán establecer que esta última salvedad únicamente resulte aplicable en días determinados. Además, esta medida no será de aplicación en Canarias ni en Baleares, donde, debido a las características propias de la insularidad, se establecerán las restricciones “que resulten oportunas”.
Encuentros con familiares y allegados
Respecto a los encuentros para celebrar las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero, se indica que no se debe superar el número máximo de diez personas, salvo que se trate de convivientes. En todo caso, se recomienda que quienes se reúnan pertenezcan al mismo grupo de convivencia. Además, se deberá tener especial precaución y cuidado con las personas en situación de vulnerabilidad.
Por otro lado, se aconseja a los estudiantes que regresan a casa para las vacaciones que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención los 10 días antes. Además, deberán atenerse a las medidas preventivas aplicables en cada comunidad y ciudad autónoma. Una vez en casa, deben limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en interiores.
Movilidad nocturna y eventos navideños
En las noches del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero, las CCAA harán efectiva la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno prevista en el artículo 5 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, pudiendo determinar que la hora de este toque de queda comience, como muy tarde a las 1:30 horas, “y únicamente para permitir el regreso al domicilio”. El acuerdo subraya “que en ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a encuentros sociales”.
Respecto a los eventos navideños organizados entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, no estará permitida la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público, salvo que se garantice el cumplimiento de lo establecido en el documento Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en España.
Asimismo, se recomiendan celebraciones que puedan garantizar el cumplimiento de las normas de higiene y prevención, como cabalgatas estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales o retransmisiones de eventos navideños por televisión u otras opciones telemáticas.
De forma general, será la autoridad sanitaria la que deberá evaluar los riesgos de transmisión de SARS-CoV-2 asociados a eventos o actividades multitudinarias, previendo la adopción de medidas oportunas para reducir el riesgo.
Hostelería y vía pública
Los establecimientos hosteleros seguirán las normas de aforo y prevención, así como el resto de restricciones vigentes en cada territorio. En los interiores deberá garantizarse una adecuada ventilación natural o mecánica. Se recomienda también reforzar el mensaje de hacer uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo y evitar comer del mismo plato.
En todo caso, y en colaboración con las autoridades locales, se aconseja favorecer un mayor uso de la vía pública al aire libre, de manera que haya más espacios disponibles para la ciudadanía, así como para la realización de eventos culturales, actividades para la infancia o para la hostelería y el comercio, respetando siempre lo dispuesto anteriormente en relación con la celebración de eventos navideños con elevada afluencia de público. Se prohíbe comer y beber en la vía pública, exepto en los espacios acondicionados para ello.
Eventos deportivos y culturales
No se podrán celebrar grandes eventos deportivos y, en su lugar, se recomiendan modalidades de participación virtual. Las actividades navideñas tradicionales que se celebren en cines, teatros, auditorios, carpas de circo o similar se realizarán respetando el aforo previsto en la comunidad o ciudad autónoma correspondiente.
Cuando sea posible, estas actividads se llevarán a cabo al aire libre, y siempre garantizando que se cumple la distancia de seguridad para minimizar el contacto entre los asistentes.
Celebraciones religiosas
Las ceremonias religiosas en espacios cerrados seguirán las normas de aforo establecidas en cada comunidad y ciudad autónoma. Se recomienda evitar los cantos y usar en su lugar música pregrabada. Asimismo, se deberán evitar las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.), sustituyéndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario.
La celebración de eventos religiosos, como la misa del gallo, deberá respetar la regulación relativa a la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. Por ello, se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión.
Comercio y transporte
En cuanto a las compras, se aconseja a la población que las organice con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales. Además, los comercios y calles comerciales respetarán el aforo previsto en las diferentes CCAA, asegurándose el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad.
Durante el periodo navideño, se traslada a las administraciones competentes la conveniencia de aumentar la frecuencia de horarios del transporte público para evitar las aglomeraciones, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluyen no comer y hacer un uso correcto de la mascarilla. No obstante, siempre que sea posible, es mejor que los desplazamientos se hagan en transporte al aire libre.
Centros residenciales sociosanitarios
En aquellos casos en que los residentes realicen una salida más prolongada con motivo de las celebraciones navideñas, se recomienda que esta quede restringida a un único domicilio y se mantenga una burbuja de convivencia estable.
A su reingreso, se aconseja la realización de una prueba de diagnóstico de infección activa, y los días posteriores al mismo se extremarán las medidas de vigilancia y prevención.
Coordinación con los municipios
Por último, se recomienda establecer una coordinación efectiva con la Federación Española de Municipios y Provincias y las federaciones regionales de municipios. El objetivo es informar de la situación epidemiológica y acordar medidas que se implementen en los municipios y que posibiliten el disfrute de unas celebraciones navideñas diferentes por parte de los ciudadanos, con actividades al aire libre y cumpliendo las medidas de prevención (6 M) y de limitación de agrupaciones de personas que sean aplicables.
Recordamos que SALUD A DIARIO es un medio de comunicación que difunde información de carácter general relacionada con distintos ámbitos sociosanitarios, por lo que NO RESPONDEMOS a consultas concretas sobre casos médicos o asistenciales particulares. Las noticias que publicamos no sustituyen a la información, el diagnóstico y/o tratamiento o a las recomendaciones QUE DEBE FACILITAR UN PROFESIONAL SANITARIO ante una situación asistencial determinada.
SALUD A DIARIO se reserva el derecho de no publicar o de suprimir todos aquellos comentarios contrarios a las leyes españolas o que resulten injuriantes, así como los que vulneren el respeto a la dignidad de la persona o sean discriminatorios. No se publicarán datos de contacto privados ni serán aprobados comentarios que contengan 'spam', mensajes publicitarios o enlaces incluidos por el autor con intención comercial.
En cualquier caso, SALUD A DIARIO no se hace responsable de las opiniones vertidas por los usuarios a través de los canales de participación establecidos, y se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso cualquier contenido generado en los espacios de participación que considere fuera de tema o inapropiados para su publicación.
* Campos obligatorios