La ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, María Luisa Carcedo, ha informado hoy a los consejeros presentes en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) de que el Ministerio certifica esta semana a la Comunidad de Madrid para completar su incorporación al sistema de receta electrónica interoperable del SNS, una vez ha cumplido todos los requisitos técnicos exigidos.
Con ello, en cuanto la Comunidad de Madrid active el servicio, se culminará el proyecto de interoperabilidad de receta en todo el SNS. De esta forma, cualquier ciudadano podrá retirar los medicamentos que tienen prescritos desde la farmacia de cualquier comunidad autónoma, ya que ésta era la única autonomía que no había implantado este servicio.
La ministra ha destacado la importancia de asegurar la continuidad asistencial y la atención a los problemas de salud que puedan surgir durante un desplazamiento geográfico en todo el Sistema Nacional de Salud.
“Es importante recordar que la tarjeta sanitaria de cualquier comunidad autónoma, independientemente de su diseño gráfico, es válida en cualquier punto del SNS o en cualquier farmacia española porque se gestiona para todos con unas reglas comunes y desde un único sistema de información”, ha destacado la ministra, María Luisa Carcedo.
Ha recordado que la base de la interoperabilidad está en el sistema común de identificación personal, un sistema centralizado en el Ministerio de Sanidad. La Base de Datos de Población Protegida del SNS recoge la información de todas las tarjetas sanitarias de las comunidades autónomas y asigna a cada persona un código de identificación único para todo el SNS.
Este código es la clave que permite vincular toda la información sanitaria de una persona generada en cualquier servicio de salud, independientemente del lugar de procedencia de la tarjeta o de los diferentes formatos que tengan en cada comunidad autónoma emisora.El código y la base de datos son el soporte tanto del sistema de receta interoperable como el de la historia clínica electrónica compartida.
La historia clínica interoperable permite que los profesionales sanitarios autorizados por cada consejería y dotados de un sistema de identificación digital seguro -así como los propios usuarios- accedan a los datos clínicos relevantes para atender a los pacientes desplazados. Con ello se consigue que la información clínica del paciente viaje con él y esté disponible allá donde necesite asistencia sanitaria en el SNS.
En el caso de la interoperabilidad de la historia clínica, Cataluña ha sido la última comunidad autónoma en incorporarse. El pasado mes de enero activó la posibilidad de que los informes de su población puedan ser consultados en el resto del SNS. Únicamente falta habilitar que los médicos catalanes puedan acceder a los informes vía telemática.
Más plazas formación sanitaria
La ministra ha informado a los consejeros de Sanidad del “importante incremento” de plazas de formación sanitaria en la próxima oferta 2019/2020. María Luisa Carcedo ha destacado el trabajo realizado durante los últimos meses para desatascar los expedientes de acreditación de nuevas plazas, “algunos de los cuales llevaban congelados desde 2011”.
La ministra de Sanidad ha señalado que para la próxima convocatoria se convocarán unas 9.200 plazas de formación sanitaria, con un incremento de 780 plazas respecto a la oferta de febrero pasado, y un aumento de 450 plazas MIR y 300 plazas EIR.
Las 9.200 plazas de la próxima edición representan un 9% más de la última oferta, la de febrero de 2019. “El Ministerio está cumpliendo en su ámbito de responsabilidad en cuanto a la formación de más médicos y resolver las carencias existentes”, ha expresado la ministra.
Reproducción humana asistida
El pleno del Consejo Interterritorial ha aprobado, con la abstención de Castilla y León y Andalucía, el Proyecto de Orden por la que se modifica el anexo III del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del SNS en relación con las técnicas de reproducción humana asistida.
Asimismo se modifica la clasificación y definición de centros, servicios y establecimientos sanitarios recogida en los anexos I y II del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, incluyendo la unidad asistencial de banco de ovocitos.
Esta Orden persigue un interés general al pretender facilitar el acceso a las técnicas de reproducción humana asistida (RHA) en el marco de la cartera común de servicios del SNS a mujeres que, sin tener problemas de fertilidad, por su situación personal u orientación sexual, requieren de estos tratamientos para lograr la maternidad.
Para ello, se modifican los criterios que recoge la norma para el acceso a dichas técnicas que actualmente están orientados únicamente a un fin terapéutico de personas con trastornos de fertilidad, a prevenir la transmisión de enfermedades o trastornos graves, o a la preservación de la fertilidad en situaciones asociadas a procesos patológicos especiales.
Asimismo la Orden pretende incluir el banco de ovocitos en la clasificación y definición de los centros, servicios y establecimientos sanitarios y unidades recogidas en los anexos del RD 1277/2003, de 10 de octubre.
La Orden favorece la equidad al homogeneizar los criterios de acceso a las técnicas de RHA para todas las mujeres que cumplan los criterios que se contemplan en la norma, independientemente de su inclinación sexual o estado civil.
La inclusión del banco de ovocitos en la oferta asistencial garantizará la información a los usuarios y favorecerá la igualdad de género en este ámbito, al asignar una categoría propia a la preservación de ovocitos al igual que la que ya se dispone en el caso del banco de semen.
Plan sobre los antibióticos
El Pleno del Consejo Interterritorial ha aprobado el segundo Plan Nacional frente a la Resistencia a los Antibióticos (PRAN), elaborado por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social en colaboración con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación bajo la coordinación de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
Las acciones prioritarias del nuevo PRAN darán continuidad a las líneas de trabajo de la estrategia 2014-2018 con el objetivo de reducir el consumo de antibióticos y disminuir la necesidad de utilizar estos tratamientos en medicina humana y veterinaria. Se busca así frenar el crecimiento de la resistencia a los antibióticos y su impacto en la salud de toda la población.
La metodología del PRAN 2019-2021 mantendrá las seis líneas estratégicas establecidas en el plan anterior: vigilancia, control, prevención, investigación, formación y comunicación, así como el sistema de grupos de trabajo vigente desde entonces.
En esta estrategia seguirán trabajando todas las CC.AA., 8 ministerios (Sanidad, Agricultura, Economía, Educación, Interior, Defensa, Ciencia y Transición Ecológica); 70 sociedades científicas; organizaciones colegiales; asociaciones profesionales y universidades; y más de 300 expertos.
Entre los logros alcanzados destacan los relacionados con el consumo de antibióticos. Entre 2016 y 2017 se registró una reducción del 4,34% en el consumo total de antibióticos en salud humana lo que supone un cambio en la tendencia creciente que se registraba desde el año 2012.
En 2017 se lanzó la herramienta online Mapas de Consumo, la primera que permite consultar todas las cifras de consumo de antibiótico en salud humana por ámbito, año y tipo de antibiótico.
España está entre los países de la UE que más antibióticos consume. Según las cifras del Registro del Conjunto Mínimo Básico de Datos (CMBD), alrededor de 3.000 personas mueren cada año en España como consecuencia de las infecciones hospitalarias causadas por bacterias resistentes, más del doble de muertes que las provocadas por accidentes de tráfico.
El Pleno ha aprobado además la creación de la Red de laboratorios para la vigilancia de los microorganismos resistentes. Se da cumplimiento así a una de las medidas del Plan Nacional frente a la Resistencia de los Antibióticos.
La Red establece tres niveles de vigilancia: nivel básico con capacidad para detectar los microorganismos resistentes; nivel 2, constituido por laboratorios de apoyo con capacidad para realizar todos los requerimientos diagnósticos que figuran en los protocolos de vigilancia; y nivel 3 que lo constituirá el Centro Nacional de Microbiología. Ejercerá funciones de referencia para los laboratorios de nivel 2 y para los laboratorios de las comunidades autónomas que no tengan designado ningún laboratorio de apoyo.
Talidomida
La ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social ha informado a los consejeros del Proyecto del Real Decreto por el que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a las personas afectadas por la Talidomida en España durante el periodo 1950-1985.
Este Real Decreto amplía el periodo inicial de reconocimiento a las personas afectadas por la sustancia activa “talidomida” establecido entre los años 1960-1965. El nuevo texto pretende responder a la necesidad de reconocimiento y apoyo solidario a las personas afectadas a lo largo del periodo 1950-1985, según las diferentes situaciones personales que concurren en cada una de ellas.
Además, actualiza las cuantías de las ayudas previstas en el año 2010, dado el periodo transcurrido desde entonces, a quienes durante el periodo 1950-1985 sufrieron malformaciones corporales durante el proceso de gestación, compatibles con las descritas para la Talidomida, cuyo origen no pueda ser explicado por otras embriopatías o alteraciones cromosómicas, siempre que la dgestación se haya producido en España.
El importe de la ayuda a percibir será el resultado de multiplicar doce mil euros por cada uno de los puntos porcentuales de discapacidad reconocida a la persona afectada, compatibles con las descritas para la talidomida, por los organismos competentes, a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
A fecha 15 de octubre de 2018, las Unidades Técnicas de las CCAA han comunicado a la Unidad de Talidomida del Instituto de Salud Carlos III un total de 528 solicitudes y han informado que se ha iniciado la evaluación de 458 solicitantes.
Violencia en la infancia
La ministra ha informado a los consejeros de Sanidad del anteproyecto de la Ley Orgánica de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, aprobada el pasado 28 de diciembre en Consejo de Ministros.
La Ley tiene como objetivo general convertir la infancia en un bien colectivo de especial protección. De esta forma, el Gobierno da respuesta al problema de la violencia contra la infancia y apuesta de forma decidida por un modelo que sitúa a niñas, niños y adolescentes en el centro de las políticas de los poderes públicos como titulares de derechos subjetivos.
El anteproyecto, que modifica 11 leyes, establece un concepto de violencia muy amplio que abarca toda forma de perjuicio o abuso físico, psicológico o emocional, incluidos las agresiones o abusos sexuales, los castigos físicos, el simple descuido o el trato negligente. Se castiga todo tipo de violencia sea cual sea su forma de comisión, incluida la realizada por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.
Entre las novedades que introduce la norma en sus distintos ámbitos de actuación destaca el establecimiento del deber de cualquier persona que advierta una situación de desprotección, riesgo o violencia sobre un menor a comunicarlo ante la autoridad competente.
También, la modificación del Código Penal para ampliar de forma muy relevante el plazo de prescripción de los delitos más graves contra los menores (el inicio del cómputo del plazo para su prescripción comienza cuando la víctima cumple los 30 años. Actualmente comienza a contar a partir de los 18 años); el endurecimiento de las condiciones de cumplimiento de los condenados por agresiones sexuales a menores, que no podrán acceder a los permisos penitenciarios o al tercer grado hasta que hayan cumplido la mitad de la pena; o la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que permite al juez retirar contenidos ilícitos de páginas web como medida cautelar durante la investigación del caso.
En todos los delitos sexuales y de trata, la condena conllevará la inhabilitación para cualquier profesión u oficio que suponga contacto regular y directo con menores.
Verificación de medicamentos
El Pleno del Consejo Interterritorial ha aprobado el Proyecto de Real Decreto de adecuación de la gestión de la prestación farmacéutica del SNS al marco normativo de la verificación y autenticación de medicamentos.
Una de las iniciativas adoptadas por la Comisión Europea en la prevención de la entrada de medicamentos falsificados en el canal legal es el establecimiento de un mecanismo de verificación y autenticación de medicamentos de extremo a extremo de la cadena de suministro, que entró en funcionamiento el pasado 9 de febrero de 2019.
El marco normativo europeo establece un código comunitario sobre medicamentos de uso humano. Así, la Directiva 2011/62/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, establece una serie de medidas para exigir la presencia de dispositivos de seguridad, consistentes en un identificador único que permita verificar la autenticidad y la identificación de cada envase individual de un medicamento y un dispositivo contra manipulaciones que permite verificar si el embalaje exterior de un medicamento ha sido objeto de manipulación. Entre las medidas establecidas contempla la creación y gestión del sistema de repositorios que contenga información sobre los dispositivos de seguridad.
En nuestro país, el pasado 9 de febrero se puso en marcha el Sistema Español de Verificación de Medicamentos (SEVeM) desde el que se gestiona el repositorio español.
Con el objeto de integrar desde el SNS la información necesaria en el repositorio nacional de verificación de medicamentos, así como crear la sinergia necesaria entre el SEVeM y la gestión de la prestación farmacéutica del SNS, se hace necesaria la creación de un nodo del Sistema Nacional de Salud, denominado Nodo SNSFarma, como instrumento de integración tecnológica e intercambio de información con dicho repositorio, que posibilite a las autoridades competentes el ejercicio de sus atribuciones en materia de supervisión y control de la información relacionada con la prestación farmacéutica.
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