La médica traga saliva. Conoce a Julio desde hace más de 20 años. En los primeros años acudía a consulta de manera esporádica por alguna enfermedad aguda o para resolver dudas sobre los resultados del reconocimiento de empresa. Luego esas visitas fueron más frecuentes, cuando tuvo que admitir que eso que él llamaba “azúcar alto” se llamaba diabetes, y necesitaba controles periódicos.
Pero hace cuatro años se le diagnosticó de cáncer. A las pocas semanas de este diagnóstico, apareció por la consulta para entregarme un importante legado: su Documento de Últimas Voluntades o Testamento Vital. Hablamos de él, de lo que significaba la vida y la necesidad de decidir sobre su muerte.
Julio me comentó que había pensado mucho y que tenía claro que la decisión de cómo afrontar ese momento y de qué actuaciones se deberían llevar a cabo, tanto diagnósticas como terapéuticas, le correspondían a él. También me expresó el deseo de ser atendido hasta el final con las medidas paliativas necesarias y, si fuera posible, terminar en su domicilio rodeado de su familia. Le garanticé que ese documento quedaba registrado y que cualquier médico que le atendiera lo conocería.
Morir dignamente forma parte de una serie de derechos que están más allá de los aspectos económicos. El desarrollo de tecnologías médicas puede propiciar el alargar la vida, pero no conseguir una mejora de calidad de la misma, y sobre todo puede determinar que nuestra voluntad quede secuestrada en el momento final.
El Testamento Vital es la manifestación de un modelo asistencial basado en el respeto a la voluntad de los pacientes y regulado por la Ley Básica de Autonomía del Paciente de 41/2002 y por la Ley 8/2003 sobre Derechos y Deberes de la Personas en relación con la Salud. Con la redacción y registro de este documento se garantiza el cumplimiento de los deseos expresados por cualquier persona acerca de los cuidados que desea recibir o rechazar, aunque en la situación final no pueda expresarlos.
Por ello, el conocimiento de este derecho debe generalizarse, y es importante que todas las personas que deseen ejercerlo puedan hacerlo. La información sobre el mismo se puede obtener en cualquier centro sanitario o en el Portal de Salud de la Junta de Castilla y León.
La voluntad de Julio pudo ser cumplida. Murió en casa, como él había deseado y dejado escrito. Recibió los cuidados paliativos cuando su enfermedad no podía beneficiarse de la medicina curativa, y las actuaciones que se realizaron fueron dirigidas a que el final de su vida tuviera la máxima calidad posible con el menor sufrimiento.
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