Elena tiene 16 años, es la primera vez que viene sola a consulta. La conozco desde hace algo más de dos años, cuando acudió acompañada de su madre para la revisión de los 14. En este tiempo la he atendido en tres o cuatro ocasiones por problemas intercurrentes banales.
Elena me mira seria y con cara de preocupación. Me apresuro para disminuir la incertidumbre: ¿estarás embarazada? Me confiesa que lleva una semana de retraso, que ya se ha realizado la prueba de embarazo de la farmacia y que ha dado positivo.
Dejo pasar unos segundos para que Elena me exprese su deseo, pero ella sigue en silencio, por lo que pregunto: ¿has pensado qué vas a hacer?, ¿lo has comentado en casa?
La Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) está recogida en la legislación española y ha sufrido diferentes modificaciones desde que en 1985 fue despenalizada su práctica. En la actualidad está vigente la última modificación regulada por Ley Orgánica de 2/2010, de 3 de marzo de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, en la que además de supuestos relacionados con la salud, se contempla como primer apartado “a petición de la mujer”. También queda recogido que será una prestación que debe ser atendida por los servicios públicos de salud o, en su defecto, por clínicas acreditadas con los conciertos que correspondan para que la misma sea gratuita.
En el año 2015 sufre una nueva modificación con el fin de “reforzar la protección de las menores y mujeres con capacidad modificada judicialmente en la interrupción voluntaria del embarazo”, y obliga a que las menores de 16 y 17 años se encuentren acompañadas de sus representantes legales, padre y/o madre, personas que ostenten la patria potestad o tutores.
Elena está estudiando y no desea seguir adelante con el embarazo. Tiene que contarlo a sus padres y venir para que, cuanto antes, pueda ejercer su derecho y realizar una IVE.
En Castilla y León se realizaron 2.490 IVEs en el año 2016, con una tendencia descendente desde 2011. El número de intervenciones en menores de 20 años oscila entre el 10 y 12% del total, según los años, y la mitad de todas las pacientes deciden realizar el aborto de manera privada.
Elena vuelve al día siguiente acompañada de su madre. Le explico los pasos a dar y también que en Salamanca no se realiza la IVE en el hospital y que tampoco hay ninguna clínica concertada para practicarlo en nuestra ciudad, por lo que tendrá que desplazarse, en este caso a Valladolid (hasta el año 2017 era a Madrid), para ser atendida. También la pongo en contacto con la matrona y la trabajadora social y le garantizo que antes de una semana tendrá resuelta la situación, y que toda la actuación será realizada con la mayor confidencialidad, según garantiza la ley.
Las mujeres que desean ejercer su derecho e interrumpir de manera voluntaria su embarazo todavía sufren la presión de la sociedad que se arroga el derecho a considerar criticable esta acción, y ello se refleja en que en Castilla y León ningún servicio público realiza esta intervención y se sobreentiende que todos los profesionales están acogidos a la objeción de conciencia, sin que ello esté evidenciado. Tampoco se realiza el concierto con las clínicas privadas acreditadas para esta práctica y ubicadas en Salamanca, dándose la paradoja de que en ellas se atienden interrupciones derivadas de Cáceres. Las mujeres seguimos siendo castigadas y nos hacen viajar a otra provincia o comunidad para ejercer este derecho reconocido por ley, con el sufrimiento aparejado que conlleva.
Los padres de Elena han decidido que la interrupción se realice en Salamanca, aunque para ello tengan que abonar su coste. Actúan como lo hace la mitad de las mujeres que han tenido que someterse a esta intervención en los últimos años: renuncian a su derecho de atención por el sistema público de manera gratuita, pero evitan los inconvenientes de ese desplazamiento.
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