El Ministerio de Sanidad ha impulsado una orden por la que pone a disposición de las comunidades autónomas los laboratorios públicos y privados de diagnóstico clínico. En base a esta norma, todos los centros, con independencia de su titularidad, deberán notificar a las CCAA los casos de COVID-19 confirmados. Además, las pruebas para la detección del SARS-CoV-2 deberán ser prescritas por un facultativo, “de acuerdo con las directrices, instrucciones y criterios acordados al efecto por la autoridad sanitaria competente”.
De ese modo, la Orden, publicada hoy en el BOE, establece que todos estos centros, servicios y establecimientos sanitarios que no estén prestando servicio en el Sistema Nacional de Salud (SNS), así como su personal, estarán al servicio de las CCAA, y fija los requisitos para la realización de análisis diagnósticos del nuevo coronavirus, cuyos resultados positivos tendrán que comunicar a la autoridad sanitaria competente en cada territorio.
Asimismo, la normativa recoge “la posibilidad de adoptar las medidas necesarias para la regulación de los precios de estas pruebas, con el objeto de evitar situaciones abusivas en el acceso a este servicio”. Por último, incluye la obligación de que las entidades públicas o privadas que adquieran material para hacer pruebas diagnósticas lo pongan en conocimiento de los responsables sanitarios de la comunidad autónoma en las que se encuentren ubicadas o presten sus servicios, “con indicación expresa del tipo de material, el número de unidades adquiridas y el uso al que está destinado”.
Esta mañana, el director del Centro Coordinador de Alertas y Emergencias (CCAES) del Ministerio de Sanidad, Fernando Simón, ha hecho referencia a esta orden ministerial durante la rueda de prensa posterior a la reunión de la Comisión Técnica de seguimiento de la crisis sanitaria. En ella, ha recordado que los análisis de PCR “son claves para controlar el desarrollo de la epidemia de COVID-19, por lo que, en periodos de escasez como estos, no se puede permitir que se usen en grupos en los que las pruebas no van a ser lo suficientemente eficaces, y tampoco que los diagnósticos no queden bajo el conocimiento de las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas”.
Por ello, considera que la norma busca “controlar el uso” de estos test “para que sea lo más eficiente posible” –teniendo en cuenta que la sensibilidad de las pruebas y su valor es reducido en determinados casos, “como en las personas asintomáticas”–, para que los resultados sean conocidos por Sanidad y para que no se produzcan “abusos”, especialmente en un momento en el que la realización de pruebas diagnósticas de COVID-19 “es una prioridad y un acto de salud pública”.
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