La ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social ha mantenido hoy un encuentro con el presidente del Consejo General de Enfermería, Florentino Pérez, y el presidente del sindicato de enfermería SATSE, Manuel Cascos, en el que les ha trasladado la aprobación por parte del Consejo de Ministros del real decreto por el que se modifica el RD 954/2015 para regular la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.
“Hoy es un día importante para la profesión enfermera”, ha comentado María Luisa Carcedo respecto a la aprobación del decreto, “pero sobre todo para el Sistema Nacional de Salud porque hemos aprobado un decreto que regula un asunto con varios años de recorrido y que se ha conseguido aprobar gracias a acuerdos en varios ámbitos”.
La ministra ha destacado que la norma es el fruto del pacto entre la Mesa de la Profesión Enfermera y el Foro de la Profesión Médica, lo que representa “el punto de anclaje fundamental”, pero también de otros previos en la Comisión de Recursos Humanos del Consejo Interterritorial del SNS y de la Comisión Permanente de Farmacia.
María Luisa Carcedo ha indicado que “hoy es un día histórico, de celebración, y quiero felicitar y agradecer al personal de enfermería su trabajo cotidiano”, a quienes se ha referido como “el alma de la continuidad en la atención y los cuidados a las personas”. La ministra también ha tenido palabras para la profesión médica y el conjunto de trabajadores del SNS, “aunque hoy, especialmente quiero felicitar al personal de enfermería”.
Competencias concretas y seguridad jurídica
La norma concreta las competencias de las enfermeras y los enfermeros en la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos y productos sanitarios.
De esta forma, se aporta seguridad jurídica al manejo de medicamentos que el colectivo de enfermería usa en su desempeño asistencial habitual (como son las vacunas, por ejemplo) a fin de garantizar la continuidad asistencial y la seguridad de los pacientes.
El real decreto, que sienta sus bases en la colaboración entre las profesiones médica y enfermera, permite a las y los enfermeros indicar y autorizar la dispensación de determinados medicamentos de acuerdo con lo que se establezca en los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, que se fijarán en la Comisión Permanente de Farmacia, ya creada.
El nuevo real decreto resuelve las divergencias de interpretación surgidas en la aplicación del real Decreto 954/2015 respecto a los ámbitos competenciales de las profesiones médica y enfermera, especialmente en lo que respecta a la autonomía de la profesión enfermera en el ámbito de su trabajo.
La norma recoge los aspectos registrados en el acuerdo que alcanzado en el seno del Foro de las Profesiones Sanitarias para la modificación del Real Decreto 954/2015. Este pacto sentó las bases de las correcciones a introducir en el real decreto modificado gracias al pacto acordado entre los representantes de la profesión médica y enfermera.
Además de estos cambios, el real decreto también incorpora otras modificaciones derivadas de la necesidad de adaptarse a las recientes sentencias del Tribunal Constitucional que resuelve distintos conflictos de competencia planteados.
Justo a tiempo para las vacunaciones masivas
Florentino Pérez Raya, presidente del Consejo General de Enfermería, quiso mostrar su agradecimiento a la ministra de Sanidad porque el decreto se haya aprobado antes de campaña de vacunaciones.
“En un mes y algo han conseguido sacar adelante algo que llevamos tantísimos años luchando por conseguir. Nos da una seguridad jurídica impresionante, nuestros profesionales pueden estar tranquilos. Detrás vendrán especialidades y otras cuestiones que nos sentaremos a negociar”, aseguró, y también calificó este día como “histórico para la sanidad porque pone fin a una de las mayores injusticias que ha sufrido nuestra profesión, que lleva años desarrollando su trabajo consciente de que a la hora de tomar algunas decisiones, nos la estábamos jugando por la falta de seguridad jurídica y, sin embargo, lo hacíamos por nuestro compromiso con los pacientes”. D
Por su parte, Manuel Cascos, presidente del sindicato SATSE, también agredeció a la ministra “su sensibilidad y agilidad” para el desarrollo y el reconocimiento de 300.000 profesionales”.
¿Cuáles son los medicamentos que se van a poder prescribir ahora?
Es difícil de valorar ya que hablamos de ciento o miles de medicamentos. Los protocolos se establecerán de manera colaborativa, hay líneas maestras, hay situaciones que ya se están dando en las Comunidades Autónomas. El Real Decreto de Prescripción Enfermera viene a dar seguridad jurídica, a dar seguridad a los pacientes y dar seguridad a los profesionales a una situación que ya se realizaba. El tema de las vacunas queda recogido de manera expresa en el Real Decreto.
Se introducen tres tipos de prescripción enfermera:
1. Productos sanitarios y medicamentos sin receta médica: en estos casos, las enfermeras/os pueden prescribir de forma autónoma y libre, atendiendo siempre a criterios de responsabilidad profesional.
2. Medicamentos de prescripción médica que NO requieren de un diagnóstico médico por tratarse de actuaciones enfermeras: vacunas, insulinas, material de cura de heridas, oxitocina, calmantes, etc. En estos supuestos, las enfermeras/os actuarán conforme a protocolos previamente establecidos entre los profesionales y las autoridades.
3. Prescripción de aquellos medicamentos sujetos siempre a un diagnóstico y prescripción médicos. En estos casos, las enfermeras/os realizarán los cuidados y el seguimiento posterior del paciente. Tras el diagnóstico y prescripción médicos, las enfermeras/os actuarán conforme a protocolos previamente establecidos entre los profesionales y las autoridades.
¿Cómo van a poder hacerlo?
Con el nuevo Real Decreto se modifican los requisitos y procedimiento para acreditar a los enfermeros como prescriptores:
• Las enfermeras y enfermeros que tengan más de un año de práctica profesional (la inmensa mayoría de los 300.000 profesionales de España) recibirán la acreditacion por parte de las Comunidades Autónomas. Sin necesidad de formación alguna.
• Los enfermeros y enfermeras que no tengan aun un año de práctica profesional deberán realizar una formación totalmente gratuita que será impartida por la Administración Sanitaria correspondiente.
¿Cuándo entrará en vigor?
Entra en vigor desde el momento en el que esté publicado en el BOE, que será de forma inmediata. Para la prescripcion por parte de las enfermeras de medicamentos que requieran receta médica, el Real Decreto establece que van a crearse protocolos y guías de práctica clínica y asistencial. Estos documentos establecerán y delimitarán las bases de la actuación de todos los profesionales, en el ámbito de los medicamentos sujetos a prescripción médica.
Estos protocolos y guías serán acordados, con la participación de las organizaciones enfermeras y médicas, en el seno de la Comisión Permanente de Farmacia.
El texto del Real Decreto prevé la creación de una Comisión, que estará encargada de consensuar y validar los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial que sean necesarios para establecer la actuación enfermera respecto a medicamentos de prescripción médica. En esta comisión estarán representados el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, las comunidades autónomas, las mutualidades de funcionarios, el Ministerio de Defensa y los Consejos Generales de los Colegios Oficiales de Enfermeros y de Médicos.
Una vez entre en vigor este nuevo Real Decreto, la campaña de la gripe podrá desarrollarse con total normalidad, pues se establece que las vacunas son una actuación enfermera propia que no requieren de un diagnóstico médico previo.
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