El Consejo General de Enfermería (CGE) ha salido hoy al paso de la reciente difusión de un comunicado en el que el presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM), Juan José Rodríguez Sendín, hacía “cuatro consideraciones” sobre el real decreto que regula la llamada prescripción enfermera.
Así, el CGE, “máximo órgano de representación colegial de los más de 273.000 enfermeros y enfermeras de España” ha querido trasladar a la sociedad las siguientes “apreciaciones”:
1. “Ha supuesto gran satisfacción comprobar que, por primera vez en mucho tiempo, volvemos a estar de acuerdo con las declaraciones del CGCOM y las instrucciones del Ministerio de Sanidad”.
Efectivamente, recoge la organización, “el nuevo RD establece lo descrito en el comunicado de la OMC”, en el que se dice textualmente que “para que los enfermeros acreditados puedan llevar a cabo las actuaciones respecto de los medicamentos sujetos a prescripción médica, será necesario que el correspondiente profesional prescriptor haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir”.
Sin embargo, el colectivo de Enfermería considera que a la institución médica “se le olvida decir que el médico también tiene que realizar el posterior seguimiento de las actuaciones derivadas de la aplicación de dicho protocolo o guía, un matiz con importantísimas consecuencias para la asistencia sanitaria en el día a día”.
2. “Profesionales y Ministerio coincidimos: los enfermeros no pueden administrar fármaco alguno si los médicos no lo han pautado previamente”
Para la profesión enfermera, “ya era hora de que el CGCOM se dirigiera a la opinión pública y a sus colegiados para informarles de que, a partir de ahora, tienen que cumplir con sus obligaciones, porque ha pasado ya más de un mes desde la entrada en vigor del RD y todavía no lo habían hecho”.
En opinión del CGE, el comunicado emitido por el Consejo de Médicos se suma “a la nota informativa emitida por el Ministerio de Sanidad para los profesionales del INGESA”. De esta forma, añade, Administración y OMC “se suman al posicionamiento de la Mesa de la Profesión Enfermera, por cuanto afirman que, en defensa de la mejor protección de la salud y de la seguridad de la atención a los pacientes, los médicos deben registrar siempre en la historia clínica las decisiones y ordenes de tratamiento que son de su competencia así como emitirlas y trasladarlas formalmente al profesional de enfermería”.
En este sentido, el Consejo de Enfermería asegura “compartir y congratularse” de que se reconozca “que los enfermeros deben cumplir escrupulosamente las previsiones del real decreto, declinando la realización de competencias que, aunque formaban parte del quehacer enfermero hasta la aprobación de la norma, muy lamentablemente han sido cercenadas por la misma”. En caso contrario, “podrían ser acusados de cometer un delito de intrusismo profesional tipificado en el Código Penal, además de una vulneración de su código deontológico, por lo que estos profesionales “no deben asumir funciones que no les corresponden”.
Como consecuencia de todo ello, advierte la organización, “en situaciones asistenciales relacionadas con medicamentos sujetos a prescripción médica que las enfermeras venían resolviendo, como la asistencia domiciliaria, el tratamiento y evaluación continua de lesiones como las úlceras por presión y una larga serie de situaciones, la enfermera queda indefensa ante el paciente para realizar su trabajo si no cuenta con el diagnóstico, la pauta escrita, la determinación del protocolo a aplicar y el posterior seguimiento por parte del médico”.
3. “El Consejo de Médicos no tiene legitimación ni competencia alguna para decirle a las enfermeras cuáles son sus obligaciones”.
Desde el Consejo General de Enfermería, presidido por Máximo González Jurado, se subraya la convicción “en algo, en principio, tan sencillo como la obligación de cumplir las normas vigentes”, por lo que cree “que ninguna profesión sanitaria ni ningún Consejo General tienen que decirle a otra si sus profesionales hacen o no dejación de funciones”. Para la entidad, “la única que puede determinar y valorar la corrección de las actuaciones profesionales es la respectiva organización colegial”.
4. “Los médicos deben agradecer únicamente a su Consejo General todo el trabajo de más que les esté suponiendo la aplicación de este RD de prescripción”.
“Lamentamos que, como consecuencia de la aplicación estricta de la nueva normativa, los médicos se hayan visto obligados a tener que trabajar más. Un hecho ratificado recientemente desde el sindicato AMYTS y el Colegio de Médicos de Madrid, que han informado de que los galenos se están quejando a sus organizaciones. No obstante, cabe recordar que ha sido la OMC quien, amparándose en la traición llevada a cabo en el último momento por el Ministro de Sanidad del Partido Popular, ha introducido en el texto que regula la anti-prescripción enfermera un inesperado artículo que impide que, en beneficio de los pacientes, las enfermeras puedan realizar su trabajo habitual. Lo que no se puede pretender es ni hacer ni dejar hacer”, sostiene el CGE.
Los responsables de la organización endurecen aún más sus críticas al mostrarse convencidos “de que el estímulo de tener que hacer ahora muchas cosas que antes hacían los enfermeros les supondrá un aliciente para cumplir al 100% su jornada laboral, y así se harán merecedores del complemento de exclusividad que cobran todos los médicos de la Sanidad pública, aunque muchos de ellos trabajen también en la Sanidad privada”.
5. “El Consejo General de Médicos no es consciente de que se ha quedado solo con el Partido Popular en la defensa del real decreto”.
Según el colectivo de Enfermería, “la inmensa mayoría de las CCAA ya ha rechazado abiertamente el decreto, y también todos y cada uno de los partidos políticos, con excepción del que es su favorito: el ultra conservador PP”. A este respecto, “agradece la disposición favorable mostrada por la gran mayoría de las CCAA y muestra su inequívoca voluntad al servicio del SNS para buscar vías de consenso y una salida inmediata y positiva al problema generado a raíz de la entrada en vigor del artículo 3.2 del nuevo RD”.
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