El presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, ha confirmado esta tarde que su Ejecutivo asume la decisión del Tribunal Supremo de suspender de forma cautelar el adelanto del toque de queda a las 20:00 horas, una medida que estaba vigente en la Comunidad desde el pasado 16 de enero y que había sido recurrida por el Ministerio de Sanidad por considerar que no se ajusta a lo establecido en el decreto sobre el estado de alarma.
El máximo responsable del Gobierno autonómico ha firmado “de forma inmediata” un acuerdo para el cumplimiento del auto judicial, de modo que se deja sin efecto el toque de queda a las ocho de la tarde, que a partir de esta misma noche queda establecido entre las 22:00 y las 6:00 horas.
Sin embargo, al tiempo que se acata la decisión del Supremo, se ha celebrado un Consejo de Gobierno extraordinario en el que se ha establecido a las 20:00 horas el cierre de todas las actividades no esenciales “para reducir el contacto social y evitar contagios”. A partir de esa hora, ha anunciado Fernández Mañueco, “no podrá abrir ningún establecimiento que no sea esencial; ni hostelería ni comercio ni actividades culturales”, con las excepciones que se publicarán en el Bocyl.
Como ya hizo el pasado 3 de febrero al presentar las alegaciones de la Junta al recurso planteado por el Gobierno de España, el presidente de la Junta ha insistido en que el adelanto del horario de restricción de la movilidad ha sido “un elemento fundamental para frenar el avance de la pandemia” en la Comunidad.
Además, ha aclarado que el auto judicial supone la suspensión provisional de la medida, dejando sin efecto el adelanto del toque de queda, pero “no entra en el fondo del asunto”. “El proceso jurídico prosige, y ya veremos cómo lo resuelve el Tribunal Supremo en su sentencia”, para la que quedan “meses”, ha dicho.
“Hemos tomado las decisiones que consideramos oportunas para proteger la salud de las personas de nuestra Comunidad. Creo que la medida se ha entendido con claridad desde el primer día, y la población ha respaldado la decisión de forma abrumadora. Cualquiera que se asomara a su ventana podía ver el amplio respaldo social en la soledad de las calles”, ha señalado el presidente del Ejecutivo autonómico.
Durante su intervención, Fernández Mañueco ha recalcado que la limitación de movimientos a partir de las ocho de la tarde, junto con otras restricciones adoptadas en la región, ha influido “de manera decisiva” en el descenso de los contagios, “que están bajando de manera vertiginosa”, mientras que cuando se estableció esta medida “subían de forma vertiginosa, con un porcentaje cercano al 150%”.
Cierre a las 20:00 horas
Tras agradecer el apoyo y el cumplimiento mayoritario por parte de los castellanos y leoneses, el presidente de la Junta ha explicado que la incidencia del coronavirus se ha reducido en más de un 50% cada semana y que la tendencia es decreciente en todas las provincias.
Por ello, y con el objetivo “de seguir favoreciendo la reducción de contagios” en Castilla y León, el Gobierno regional ha decidido establecer el cierre de los establecimientos, actividades y servicios no esenciales a las 20:00 horas en el marco de las medidas preventivas de carácter excepcional, vinculadas al nivel 4 de alerta sanitaria vigente en la Comunidad.
Este acuerdo adoptado esta tarde en un Consejo de Gobierno extraordinario estará vigente, tras su publicación en el Bocyl, desde las 20:00 horas de mañana, 17 de febrero, hasta las 23:59 horas del 23 de febrero.
Como excepciones a esta limitación horaria, el cierre a partir de las 20:00 horas no será de aplicación en los siguientes tipos de establecimientos, actividades y servicios:
√ Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
√ Centros, servicios y establecimientos sanitarios; centros o clínicas veterinarias; centros, servicios y establecimientos de servicios sociales cuya actividad no esté suspendida y servicios de naturaleza análoga.
√ Establecimientos dedicados a la venta de combustible para la automoción y calefacción.
√ Servicios de alquiler de vehículos y estaciones de inspección técnica de vehículos.
√ Comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
√ Velatorios.
√ Práctica de la actividad deportiva permitida, así como actividades deportivas individuales al aire libre.
√ Servicios profesionales, de seguros y de empleados de hogar.
√ Servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, así como todos aquellos establecimientos, actividades y servicios que deban asegurar el mantenimiento de los mismos.
√ Centros docentes que imparten las enseñanzas del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que tendrán el horario establecido por la Consejería de Educación.
√ Universidades, de acuerdo con sus protocolos.
√ Entidades de formación acreditadas y/o inscritas en alguno de los registros coordinados con el Registro Estatal de Entidades de Formación del Sistema de Formación Profesional para el Empleo.
√ Escuelas municipales de música y danza.
√ Las actividades de restauración permitidas.
Como recuerda la Junta de Castilla y León, todos ciudadanos han de colaborar en el cumplimiento de las medidas preventivas frente a la covid-19 establecidas por las autoridades, de manera que sus incumplimientos podrán ser sancionados.
El seguimiento y control de las actuaciones que componen el marco normativo vinculado al nivel de alerta sanitaria por la pandemia decretado en la Comunidad se desarrollará en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León (PLANCAL), correspondiendo a las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes la vigilancia, inspección y control de su cumplimiento. Asimismo, el Gobierno autonómico ha recabado la cooperación y colaboración de la Delegación del Gobierno y de los ayuntamientos para el control y aplicación de las medidas adoptadas a través de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y de las policías locales.
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