La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado la Orden por la que se convocó el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de enfermero del Servicio Regional de Salud.
Dicha convocatoria ya fue previamente suspendida por el auto de 12 de noviembre de 2015. El proceso se ha seguido a instancia de la Administración General del Estado, según informan fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. La Sala fundamenta la nulidad de dicha Orden en el hecho de que las ofertas de empleo público que se ejecutaban habían perdido su vigencia, pues se ejecutaban las correspondientes a los años 2009, 2010 y 2011, cuando su plazo de validez conforme a la legislación vigente era de 3 años de duración, siendo de aplicación el artículo 70.1 del Estatuto Básico de los Empleados Públicos aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril.
Además, la Sala considera que la carencia de oferta de empleo público válida constituye un supuesto de nulidad que arrastra a la convocatoria de pruebas selectivas efectuadas, plazo éste que es consustancial al venir así definido en el precepto citado que configura el mismo como improrrogable en el tiempo.
Esta improrrogabilidad del plazo deriva no sólo del tenor literal del precepto objeto de aplicación, sino también de la finalidad de la oferta de empleo público que por su propia naturaleza exige su ejecución en un plazo adecuado para cumplir la programación en la misma prevista e incluso las expectativas de acceso al empleo público que se generan en los aspirantes que en abstracto y en términos generales están llamados a participar en los procesos selectivos que de ella derivan.
Se sigue así el mismo criterio que otros tribunales superiores de Justicia, según las últimas sentencias adoptadas. Al concurrir este supuesto de invalidez de la convocatoria, no ha sido necesario analizar el relativo a los límites de déficit público y del proceso de ampliación de plazas o renovación de efectivos, también citado por la Administración del Estado.
Movilizaciones y dimisión
Esta decisión del Alto Tribunal ha causado de nuevo la misma indignación que la suspensión cautelar de las oposiciones para el personal de Enfermería que estaban previstas para el 22 de noviembre de 2015 y a las que se iban a presentar 20.000 aspirantes para 554 plazas.
El terremoto que supuso la decisión judicial, adoptada para evitar “un perjuicio mayor” que el que supondría la anulación del proceso una vez realizado el examen, fue de intensidad creciente en las redes sociales y dio lugar a las diferentes movilizaciones a lo largo de todo el pasado mes de noviembre.
Muchas de las organizaciones sindicales que representan a enfermeros y enfermeras solicitaron también que se depuraran responsabilidades, exigiendo la dimisión del consejero de Sanidad, Antonio María Sáez Aguado, que en su día ya reconoció que se “arriesgó” a convocar en un solo procedimiento las plazas ofertadas en los años 2009, 2010 y 2011 “para dar estabilidad a los profesionales, ya que estos puestos estaban ocupados por personal interino”, a pesar de que la legislación vigente establece un máximo de tres años para ejecutar una oferta de empleo de este tipo, por lo que el plazo para convocar estos procesos venció, respectivamente, en 2012, 2013 y 2014.
Finalmente, esta irregularidad motivó la impugnación de la OPE por parte de la Administración General del Estado, que argumenta también que la oferta supera los límites de déficit público máximo. Ante esta determinación del Gobierno central, el TSJCyL decidió actuar de forma cautelar y paralizar la celebración de las pruebas con el fin de evitar males mayores, al considerar, como reflejaba en su resolución anterior, “que la carencia de oferta de empleo público válida” constituye “un supuesto de nulidad de pleno derecho” de la convocatoria. Ahora, el Alto Tribunal se ratifica en su decisión, mientras sindicatos y colegio de enfermeros preparan un nuevo calendario de reivindicaciones por los perjuicios que le ha ocasionado este proceso.
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